Regulado el Distintivo «Igualdad en la Empresa»

 29 Oct 2009       Laboral y Seg. Social       Sin Comentarios

La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres señala en su artículo 50 que «el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales creará un distintivo para reconocer a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadores y trabajadoras, que podrá ser utilizado en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios«.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión del Distintivo «Igualdad en la Empresa«.

Se trata de una marca de excelencia en igualdad que servirá de estímulo y reconocimiento a aquellas empresas comprometidas con la igualdad y que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

En concreto, para la concesión del distintivo se tendrán en cuenta, entre otros criterios, las actuaciones y medidas tendentes a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la adopción de planes de igualdad y la publicidad no sexista de los productos o servicios de la empresa.

El distintivo, que podrá ser utilizado en las relaciones comerciales de la empresa que lo posea, y también con fines publicitarios, se convocará anualmente y tendrá una vigencia de tres años, si bien las empresas distinguidas deberán remitir un informe anual que será evaluado por la Dirección General para la Igualdad en el Empleo del Ministerio de Igualdad.

Imagen del Distintivo:
igualdad

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