Para ejercer legalmente la profesión de Administrador de Fincas rústicas y urbanas es necesario estar colegiado en el Colegio Profesional correspondiente (dejemos claro que dicha obligación es muy discutida, que existen muchas sentencias que no la imponen y que posiblemente la nueva Ley de Colegios profesionales la elimine definitivamente).
Se entenderá que ejercen profesionalmente dicha actividad las personas naturales que de forma habitual y constante, con despacho abierto al efecto y preparación adecuada, destinan la totalidad o parte de su trabajo a administrar fincas rústicas o urbanas de terceros.
No están comprendidos en el artículo anterior y, por tanto, no vienen obligados a la colegiación que en él se dispone:
- Quienes, actuando o ejerciendo alguna actividad de administración de fincas, no la realicen de manera regular o habitual ni con el carácter de profesión.
- Quienes, en razón primordial de cargo de confianza, administren fincas rústicas o urbanas, con retribución o sin ella, sin carácter de profesionalidad.
- Los que por mandato judicial o de la Administración Pública administren fincas.
La incorporación al Colegio de Administradores de Fincas podrá efectuarse por los procedimientos siguientes:
- Directamente los Licenciados en Derecho, en Políticas, en Económicas y Comerciales, en Dirección y Administración de empresas, Arquitectos Superiores, Diplomados en ciencias económicas y empresariales, los Profesores mercantiles, los Procuradores de los Tribunales de Justicia, los Ingenieros Agrónomos y los de Montes, los Veterinarios, los Ingenieros Técnicos Agrícolas y los Ayudantes de Montes.
- A través de los títulos de Experto Inmobiliario/Administrador de Fincas.
Documentación a presentar con carácter general
- Solicitud por duplicado, en modelo oficial.
- Fotocopia del título compulsado por el Colegio donde se presenta la instancia (en su defecto, certificación académica y justificante de haber abonado las tasas para la expedición del título que se invoca).
- Declaración jurada de no estar sufriendo condena de inhabilitación.
- Certificado de antecedentes penales.
- Tres fotos tamaño carnet.
- Una fotocopia del D.N.I.
Además deberá abonarse la Cuota de ingreso y la fianza para el alta en Póliza de Responsabilidad Civil.