Recursos: Financiación y ayudas
La obtención de recursos es una necesidad
no sólo cuando se empieza la actividad, sino que suele ser una
necesidad continua. Así debemos distinguir entre la
financiación por deuda, en la que el empresario se
compromete a devolver la cantidad adeudada más los intereses
estipulados, y la financiación por recursos propios, en
la que se reciben aportaciones de fondos, cediéndose una parte
del accionariado de la compañía, con la posible
pérdida de control que ello puede suponer. Además no
debemos olvidarnos de las Ayudas Públicas.
1.-Financiación
por deuda
La Banca Comercial.- La Banca comercial
ha desarrollado en los últimos años un buen número
de productos financieros destinados a la financiación de
proyectos de inversión de las PYMES: créditos,
préstamos, líneas de crédito y descuento comercial.
Para proyectos empresariales de mayor volumen, la banca comercial
cuenta con otra serie de recursos destinados a facilitar el acceso
al mercado de capitales: pagarés, obligaciones, salidas a
Bolsa, socios inversores, etc. En este sentido debe resaltarse que
una gran parte de la banca comercial viene suscribiendo con las
distintas Administraciones una serie de Convenios de
Colaboración con el fin de establecer líneas de
crédito blando a las inversiones empresariales.
La Banca Pública.- En España,
la Administración, a través del Instituto de Crédito
Oficial (ICO), el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y la banca
pública (Argentaria), ha puesto en marcha una serie de medidas
de apoyo financiero a las Pymes consistentes, fundamentalmente, en
la instrumentación de líneas de préstamo preferente
y subsidiación de tipos de interés para acometer
inversiones productivas.
El ICO (Instituto de Crédito Oficial) dispone de diversas Líneas de Financiación para el año 2010, cuya finalidad es impulsar y apoyar las inversiones de las empresas españolas (emprendedores, autónomos y PYMES). Se solicitan en las Entidades Bancarias, que son las encargadas de analizar el proyecto y aprobar la concesión de los préstamos.
Las entidades de financiación.-
Suelen operar como entidades de crédito, aunque se suelen
utilizar para financiar el consumo. Aunque sus tipos suelen ser
superiores a los de los bancos, tienen como ventaja la
negociación individualizada para cada supuesto planteado,
así como menores requisitos, garantías y tiempo de
concesión.
El Leasing.-Es todo contrato de
arrendamiento financiero que permita disponer de un bien mueble o
inmueble mediante su alquiler, con una opción de compra al
finalizar el período fijado. Resulta muy atractivo por su
favorable tratamiento fiscal, pero tiene un mayor coste
financiero.
El Factoring.- Es un sistema poco usado
en España y restringido generalmente a grandes empresas.
Consiste, esencialmente, en la cesión o venta a un prestamista
o factor (generalmente una entidad financiera) de las cuentas
pendientes de cobrar por parte de la empresa. La cesión
consiste en dar en prenda las cuentas a cobrar como garantía
de un préstamo concedido al empresario por la sociedad de
factoring, préstamo que a su vez conllevará el pago de
intereses y comisión correspondientes. Mientras que la venta,
consiste en vender al prestamista o factor las cuentas de clientes
a cobrar, asumiendo éste la responsabilidad del cobro de las
mismas, a cambio del cargo e intereses estipulados por el servicio
prestado.
El Confirming.- Es un servicio que consiste en gestionar los pagos de una empresa cliente a sus proveedores, ofreciendo a éstos la posibilidad de cobrar sus facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento (financiar).
El fortaiting.- Es una figura que supone
la compra de letras de cambio aceptadas, créditos
documentarios o cualquier otra forma de promesa de pago,
instrumentadas en divisas, contra las cuales se ha abierto una
carta de crédito. A diferencia del confirming, se utiliza a
medio plazo (de uno a siete años).
Las Sociedades de Garantía
Recíproca.- Se trata de entidades sin ánimo de lucro que no son una fuente de financiación directa, sino que facilitan la obtención de fondos de las entidades financieras al prestar el aval necesario. Sus funciones fundamentales son:
- Conceder avales que permiten a las Pymes acceder a la
financiación bancaria.
- Facilitar el acceso de las empresas avaladas a líneas de
financiación privilegiada.
- Poner en marcha servicios de información y asesoramiento a
empresarios.
La emisión de deuda mediante
títulos.- Se realiza mediante bonos u obligaciones y
pagarés. Pueden utilizarlo las Pymes pero sus enormes costes y
la dificultad de encontrar suscriptores lo hacen enormemente
dificultoso.
2.-Financiación
por recursos propios
Es aquel capital que está invertido
permanentemente en la empresa.
Los inversores o socios.- Nuestros socios
reciben una remuneración en nuestra sociedad que puede
consistir en ingresos por reparto de beneficios, plusvalías
materializadas mediante la venta de sus acciones o participaciones
a otros socios, o las plusvalías de la venta de la empresa.
Los inversores o socios constituyen la fuente de financiación
más importante para poner en marcha una empresa.
El capital riesgo.- Se trata de una
inversión, con carácter temporal en el capital de Pymes,
con el fin de garantizar la sucesión empresarial.
La salida a Bolsa.- Se trata de una
medida adoptada generalmente por grandes empresas (la sociedad deberá tener un capital mínimo de 1,2 millones de euros). La admisión a cotización puede suponer una importante vía de obtención de recursos para la empresa, si se opta por una ampliación de capital con desembolso, o puede suponer un medio ideal para desinvertir y facilitar liquidez a los antiguos accionistas de la empresa, si se opta por una oferta pública de venta.
3.-Las Ayudas
Públicas
Las ayudas de los organismos públicos son
muy variadas:
- Ayudas directas a la contratación de trabajadores
- Bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social
- Incentivos fiscales
- Ayudas financieras
- Asesoramiento empresarial
- Ayudas a la inversión
- Ayudas al fomento de la innovación
- Ayudas para mejora de la competitividad
- Ayudas a la Investigación y Desarrollo (I+D)...
No obstante, es importante ser realista en este asunto y tener en cuenta estos aspectos:
- La subvención es un incentivo económico y, en ningún caso, puede considerarse como una fuente básica de financiación. En caso de concederse, en pocas ocasiones financia el 100% del proyecto, por lo que gran parte de la financiación recaerá directamente sobre la persona que la solicita.
- Es posible que tenga que realizar la inversión y solicitar con posterioridad la ayuda, por lo que debe valorar el riesgo de su no concesión.
- Es habitual que entre la solicitud, el estudio, la concesión y el ingreso defintivo del dinero pase un largo período de tiempo.
- Debe estudiar detenidamente las bases y los requisitos de la ayuda. En ocasiones se exigen tanto en el momento de la solicitud como con posterioridad. Su incumplimiento puede conllevar la devolución de lo cobrado.
En definitiva, no debe condicionarse el éxito de una aventura empresarial a la obtención de una subvención o ayuda.
A este respecto conviene informarse en todas las
administraciones antes y después de montar nuestra empresa,
tanto europeas, estatales, locales o autonómicas. Todas las
características de nuestra empresa influirán para la
obtención de las ayudas (tipo de forma jurídica, edad y
sexo de los socios, contratos formalizados, actividad a realizar, etc.)
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