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Obligaciones Fiscales

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Las OBLIGACIONES FISCALES del empresario son las siguientes (última actualizacion: Marzo 2013):

Antes de empezar la actividad:

Después de comenzar la actividad:

  • Deberá presentar las declaraciones del IVA trimestralmente (modelo 303) y un resumen anual (modelo 390)
  • Debe declarar sus ingresos:
    • Si tributa por el Impuesto sobre la Renta - IRPF (autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes), trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelos 130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF (modelo D-100)
    • Si tributa por el Impuesto de Sociedades (sociedades mercantiles), trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200)
  • Si realiza pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o efectuar pagos a profesionales, por abonar rendimientos del capital mobiliario, etc. (modelos 111 y 190)
  • Deberá realizar la declaración anual de operaciones con terceros durante el mes de marzo, cuando en el año anterior hayan realizado operaciones con otra persona o entidad que en su conjunto hayan superado los 3.006 Euros (modelo 347)

RESUMEN de obligaciones fiscales:

AUTÓNOMO SOCIEDADES CIVILES Y COMUNIDADES DE BIENES SOCIEDADES MERCANTILES
Antes de iniciar la actividad
DC DC DC
IAE IAE IAE
  ITP ITP
Una vez iniciada la actividad
IRPF IRPF IS
IVA IVA IVA
DAOT DAOT DAOT
Finalizada la actividad - Baja
DC DC DC
  IAE IAE

DC: Declaración Censal | IAE: Impuesto de Actividades Económicas | ITP: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales | IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas | IS: Impuesto de Sociedades | IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido | DAOT: Declaración anual de Operaciones con terceros



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