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Nuevas bonificaciones a la contratación de trabajadores desempleados con cargas familiares.

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05/12/2008

El Real Decreto 1975/2008, 28 de noviembre, sobre medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda, publicado en el BOE el 2 de diciembre de 2008, ha establecido una nueva bonificación en las cuotas empresariales de la Seguridad Social para aquellos empresarios que contraten de forma indefinida a trabajadores desempleados que tengan hijos a cargo.

De esta forma, los empleadores que, desde comienzos de diciembre de 2008 hasta el día 31 de diciembre de 2010, contraten indefinidamente a tiempo completo a trabajadores desempleados con responsabilidades familiares, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 125 euros/mes (1.500 euros/año). A estos efectos, podrán utilizar cualquier modalidad de contratación indefinida prevista en el ordenamiento tanto ordinaria como de fomento de la contratación indefinida y se formalizarán en el modelo oficial que facilite el Servicio Público de Empleo Estatal.

Se considerará que el trabajador tiene responsabilidades familiares si tiene uno o más hijos a su cargo. Si la tenencia de cargas familiares no consta en la Oficina Pública de Empleo, podrá acreditarse en el momento de la contratación.

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