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Medidas para luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales.

 

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20/07/2004

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas o entre éstas y la Administración, destinada a combatir los efectos negativos derivados de los plazos de pago excesivamente largos y la morosidad en las deudas.

Este Proyecto de Ley, que incorpora al Derecho español la Directiva Comunitaria de 29 de junio de 2000 referente a esta materia, se configura como una herramienta eficaz para atajar esos efectos negativos, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, que ven muy deteriorada su rentabilidad por una situación como la actual, que a veces resulta ventajosa económicamente para los deudores.
Operaciones excluidas

El ámbito de aplicación de esta Ley se limita a los pagos efectuados como contraprestación en operaciones comerciales entre empresas y entre éstas y la Administración. Quedan expresamente excluidas las operaciones en las que intervengan consumidores, los intereses relacionados con otros pagos (cheques, pagarés y letras de cambio), pagos de indemnizaciones por daños, operaciones financieras y deudas sometidas a procedimientos concursales incoados por el deudor.

Cinco medidas

En la nueva Ley, siempre dentro del respeto al principio de libertad de contratación, se regulan unas condiciones de pago que habrán de observarse en defecto de pacto entre las partes y que se articulan en cinco tipos de medidas concretas:

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