CALENDARIO LABORAL DEL AÑO 2007
Calendario Laboral del año
2007:
Tenga en cuenta respecto a las Fiestas Laborales
que:
- Tienen carácter retributivo y no recuperable.
- El Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas
de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en
todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el
descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan en
domingo.
- Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de
catorce días festivos, podrán señalar aquellas
fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para
ello las de ámbito nacional que se determinen
reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes.
Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado a lunes
las previstas en el párrafo anterior.
- A continuación puede ver el Calendario de Fiestas
Laborales por Comunidades Autónomas:
También puede ver los anteriores: calendario del año 2005 | calendario del año 2006 | calendario del año 2008

