Diccionario Mercantil
|
|
|
Diccionario de términos
mercantiles. Seleccione la letra
inicial para ver las palabras relacionadas.
© Crear-Empresas.com |
|
|
FACTOR.
Entre comerciantes, apoderado con mandato más o menos extenso
para traficar en nombre y por cuenta del poderdante, o para
auxiliarle en los negocios.
FACTORING.
Operación por la cual una empresa contrata a otra para que
asuma los servicios de gestión administrativa y los riesgos
financieros de los clientes. El servicio de factoring le ofrece a
una empresa la posibilidad de librarse de problemas de
facturación, contabilidad, cobro y litigios que generalmente
exigen un personal muy numeroso.
FACTURA.
Relación de los objetos o artículos comprendidos en una
venta, remesa u otra operación de comercio.
FECHA DE VENCIMIENTO.
Fecha de cumplimiento del plazo de una deuda, de una
obligación, etc.
FEDATARIO.
Notario u otro funcionario que da fe pública.
FIADOR.
Persona que responde por otra de una obligación de pago,
comprometiéndose a cumplirla si no lo hace quien la
contrajo.
FIANZA.
Obligación subsidiaria que asegura el cumplimiento de una
obligación principal contraída por un tercero. Cuando se
obliga uno a pagar o cumplir con un tercero, en caso de no hacerlo
éste.
FIANZA PIGNORATICIA.
La que sujeta determinados bienes muebles al cumplimiento de la
obligación principal.
FILIAL.
Sociedad subordinada cuya matriz ejerce directamente el control
sobre ella.
FISCO.
Erario o tesoro público. Hacienda pública.
FONDO DE COMERCIO.
Conjunto de Activos intangibles de difícil valoración en
una empresa (la imagen, la clientela, etc.).
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Fondo de garantía creado por la Ley 16/1976 de 8 de abril, con
aportación empresarial, para evitar la falta de cobro de
salarios de trabajadores, en situaciones de insolvencia producidas
por crisis económicas.
FONDO DE INVERSIÓN.
El que agrupa los capitales destinados a la inversión de una
pluralidad de personas.
FONDO DE PENSIONES.
El que agrupa las aportaciones de un conjunto de planes de
pensiones.
FONDO DE RESERVA.
Suma dineraria que se retrae de beneficios extraordinarios de una
sociedad, quedando en cuenta especial para mantener el pago de
dividendos normales, o atender a necesidades periódicas de la
empresa.
FONDO MUTUAL.
El que en una mutua de seguros se constituye para responder de los
riesgos asegurados.
FONDOS PROPIOS.
En una sociedad, los aportados por los socios o producto de su
actividad mercantil.
FRANQUICIA.
Concesión de derechos de explotación de un producto,
actividad o nombre comercial, otorgada por una empresa a una o
varias personas en una zona determinada.
FRAUDE DE ACREEDORES.
Se dice del acto del deudor, generalmente simulado y rescindible,
que deja al acreedor sin medio de cobrar lo que se le debe.
FUNDACIÓN.
Persona jurídica dedicada a la beneficencia, ciencia,
enseñanza, o piedad, que continúa y cumple la voluntad de
quien la erige.
FUSION.
Proceso por el cual se integran los patrimonios de dos o más
entidades para crear una nueva que adquiera por sucesión
universal los derechos y obligaciones de las entidades fusionadas.
Los accionistas de las entidades fusionadas recibirán, a
cambio de sus acciones, nuevas acciones de la nueva sociedad, en
proporción a su participación y al patrimonio integrado
de la entidad fusionada.
|